Lactancia

Encuesta nacional de Lactancia y Trabajo

Liga de la Leche

En Argentina a partir de la Ley Nacional 26.873 del 2003, favorecer la lactancia maternal ya es una política de Estado y un tema de salud pública. Sin embargo, para asegurar que todos los niños se beneficien de la lactancia materna se require de un esfuerzo de corresponsabilidad social en el cual se involucren los gobiernos, los sistemas de salud, las industrias que fabrican alimentos infantiles, las empresas, ONG y comunidad. Este estudio se propone generar conocimiento para tomar acción en la promoción de la lactancia en Argentina.

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Marco legal de la protección de la lactancia

Los innumerables beneficios de la lactancia materna para el bebé y su mamá no son un privilegio, sino un derecho respaldado por la ley. La Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (y sus modificatorias) protege a las mujeres durante el embarazo y la lactancia. Esta Ley, en su Capítulo II Artículo 179°, protege a la mujer que amamanta al finalizar su licencia por maternidad. Para eso, establece lo siguiente: "Toda trabajadora madre de lactante podrá disponer de dos (2) descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a un (1) año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por un lapso más prolongado." Por otro lado, nuestro país cuenta con la Ley Nº 26.873, de Lactancia Materna; Promoción y Concientización Pública, cuyo objetivo es la promoción y la toma de conciencia acerca de la importancia de la lactancia materna y de las prácticas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños de hasta 2 años. Esta Ley en su Artículo 4° inciso t, insta a promover la existencia de "Espacios Amigos de la Lactancia" definiéndolos como: "Un sector limpio, cómodo y de uso exclusivo para que las mujeres en período de amamantamiento puedan extraer su leche y conservarla adecuadamente durante la jornada laboral." Por último, es importante tener en cuenta que cada jurisdicción a su vez, puede tener otra ley relacionada con los espacios amigos (también llamados "lactarios"). Por ejemplo, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, también existe la Ley Nº 2.958, Implementación de Lactarios en el Sector Público, cuyo objetivo es que las instituciones del sector público cuenten con un espacio privado, cómodo y exclusivo para madres en período de lactancia. En esta misma Ley, se invita a las instituciones del sector privado, a contar con estos espacios.

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