Normativa

Empresas de más de 100 empleados deberán ofrecer un espacio de cuidado para hijos de colaboradores

Reglamentación art 179 de LCT

Después de 48 años, se reglamentó el art. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) estipulando que los establecimientos de trabajo donde 100 personas o más presten tareas, independientemente de las modalidades de contratación, deberán ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años de edad que estén a cargo del personal durante la jornada de trabajo.

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